Un Juez federal rechaza 53 amparos en contra del padrón telefónico del Gobierno federal

El pasado 17 de abril comenzó a ser válida la reforma que oficializa la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, luego de que ésta fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en el cual se indicó que el IFT tiene un plazo de seis meses para definir la reglamentación que los concesionarios deberán seguir para recopilar los datos de los usuarios.

El Juez primero Especializado en Competencia Económica y Telecomunicaciones, Rodrigo de la Peza, desechó 53 demandas de amparo que se interpusieron para impugnar la obligación de entregar datos personales y biométricos al nuevo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) para obtener una línea de telefonía celular.

Puede ser un primer plano de una o varias personas y personas de pie

El magistrado señaló que dichas demandas son improcedentes y prematuros, ya que la reforma legal sobre los datos biométricos aún no causa efectos en los clientes de teléfonos celulares.

“En este momento, la ley tiene una peculiaridad derivada de su régimen transitorio, que conduce a que este juzgador deba considerar que durante el mismo, se está ante una norma heteroaplicativa”, argumentó el Juez, con lo que expuso que las leyes heteroaplicativas no tienen algún perjuicio contra los ciudadanos por su sola entrada en vigor, sino que es necesario tener actos de aplicación por parte de alguna autoridad para que así los amparos sean válidos.

Sin embargo

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