El Vocal Ejecutivo de la 04 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) en Yucatán, José Armando Ceballos Alarcón, convocó a la ciudadanía a hacer efectivo el ejercicio de sus derechos políticos-electorales y participar en las tareas de observación electoral durante el proceso electivo 2020-2021.
En entrevista, el funcionario del INE destacó la necesidad y el deber ciudadano de realizar tareas de observación electoral, para presenciar y vigilar todos los actos que se desarrollan en el proceso comicial, cuya jornada electiva se celebrará el 6 de junio de 2021.
El objetivo de la observación electoral consiste en imprimir un elemento más que dote de certeza el desarrollo de los procesos electorales, a partir de una evaluación imparcial e independiente, la que puede ser realizada por cualquier persona ciudadana mexicana, que solicite y obtenga su acreditación para realizar la observación electoral.
La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) establece que es derecho exclusivo de la ciudadanía participar como observadoras de los actos de preparación y desarrollo de los Procesos Electorales Federales y locales, así como en las consultas populares y demás formas de participación ciudadana que se realicen de conformidad con la legislación correspondiente, en la forma y términos que determine el Consejo General, y en los términos previstos por la ley.
Las solicitudes de acreditación como Observadoras y Observadores electorales se recibirán ante las juntas Local y Distritales del INE -correspondiente a su domicilio-de manera presencial o en línea a través del portal público, a partir de la emisión de la convocatoria -18 de septiembre- y hasta la fecha de instalación de los Consejos Local y Distritales.
Una vez instalados los consejos local o distritales, las solicitudes deberán presentarse ante las presidencias de dichos consejos y la fecha límite es el 30 de abril de 2021.
Entre los requisitos para obtener la acreditación como observadora u observador están ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; no ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección; no ser, ni haber sido candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección; asistir a los cursos de capacitación.
Las personas que deseen ejercitar su derecho a la observación electoral podrán hacerlo sólo cuando hayan obtenido oportunamente su acreditación ante la autoridad electoral respectiva.
Entre la documentación a presentar se encuentra un escrito de solicitud para ser observadora u observador anexando fotocopia de la credencial para votar y la manifestación expresa de que se conducirán conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos a partido u organización política alguna.
Concluida la revisión de las solicitudes, se notificará a la persona para que realice el curso de capacitación respectivo, de manera presencial o a través de la plataforma virtual y, una vez que se acredita el curso de capacitación y el cumplimiento con los requisitos, los consejos locales y distritales del INE, aprobarán y entregarán las acreditaciones correspondientes.
Solo quienes se encuentren acreditados como observadores electorales tendrán derecho a realizar las actividades de observación de los actos de carácter público de preparación y desarrollo de los Procesos Electorales Federal y locales, tanto ordinarios como extraordinarios, así como de las consultas populares, incluyendo los que se lleven a cabo durante la Jornada Electoral y sesiones de los órganos electorales del INE y del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPAC) de Yucatán.
Para mayores informes en la mencionada Junta Distrital podrán comunicarse a los teléfonos 999-9381122, 999-9381120, 999-9381118 y a los correos electrónico:ema.yerves@ine.mx;blanca.cervera@ine.mx; armando.ceballos@ine.mx.
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